Registro en España de la marca Bitcoin afectaría solo el uso de su logotipo
El reciente registro de la marca Bitcoin
ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEMP) no afecta el uso de esa
criptomoneda en España, de acuerdo a la opinión de especialistas del área que
conversaron con CriptoNoticias.
El pasado 22 de junio se reportó el
registro de «la marca y el logotipo de Bitcoin» ante la OEMP, si bien en el
documento publicado por esa oficina el 18 de junio, se señala solo la concesión
de la marca «B bitcoin» al solicitante Eduardo Pérez Montero. La solicitud de
esta marca se realizó en diciembre de 2019, pero por errores de forma, se
formalizó el 21 de enero de este año.
Para analizar las consecuencias del
registro de la marca Bitcoin en España (registro M4046141), realizado el 18 de
junio pasado, y su posible impacto en las operaciones comerciales con esa
criptomoneda, CriptoNoticias contactó a Marina Foncuberta y Cristina
Carrascosa, Asociada y Consultora de Pinsent Masons España, respectivamente.
Comenzamos por preguntar a las
especialistas sobre el impacto que podría tener el registro de la marca de
Bitcoin en España sobre la comercialización de esa criptomoneda.
¿Qué conclusiones sacamos del registro
M4046141? En primer lugar, que se ha registrado una marca figurativa. Es decir,
el derecho de prohibición de uso que otorga el registro de la marca, gira en
torno a lo que conocemos como logotipo, pero no frente a la denominación
«Bitcoin».
Foncuberta aclara que, entre las
modalidades de registro de una marca en España, la legislación contempla la
marca figurativa y la marca denominativa, entre otras. Al registrar una marca
denominativa, se obtienen derechos de prohibición de uso sobre la palabra o las
palabras que conforman esa marca. Pero ese no es el caso de este registro, que
se limita a las características gráficas descritas en el documento de
solicitud, señala Foncuberta.
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